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· DE LA REAL MAESTRANZA DE CABALLERÍA DE RONDA ·

Ronda, 19th April 2024 18:35
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Fuentes de investigación genealógicas. Padrones de población.

Documentos en el Archivo de la RMR, 30 – 2021

El padrón es un registro administrativo de los vecinos de un municipio, también llamados censos de población. En la actualidad estos documentos tienen una finalidad estadística y obtener una información fidedigna de la población.

Si nos remontamos al Antiguo Régimen, siglos XV y XVI, por parte de la Corona se mandaron elaborar diversos padrones cuyo único objetivo era el control fiscal y recaudatorio. De igual manera, los concejos municipales elaboraron unos listados, relaciones, matrículas…etc., con el mismo objetivo y controlar la distribución de los recursos materiales, económicos y humanos de las poblaciones. Estos documentos podemos encontrarlos como censo o padrones de pecheros, de alistamientos, de hidalgos, nobleza, eclesiásticos, exentos. No será hasta bien entrado el siglo XIX, cuando en España se empiece a elaborar unos censos de una manera sistematizada y continua, por parte de la administración.

El hecho de que estos documentos se produzcan para tener un control fiscal y que durante siglos, no hayan tenido un sistema fijo para su elaboración, han originado unas tipologías documentales que ofrecen un volumen de información muy considerable y diversa: información personal, de apellidos, edades, años, lugares de nacimiento, filiaciones e historia familiar, tutelas y curadurías, propiedades, jurisdicciones y una larga lista de circunstancias sociales y demográficas que los configuran como una fuente de investigación inestimable en el ámbito genealógico.

En el archivo de la Real Maestranza, en la colección documental Aguilera, se custodia una serie documental con esta tipología, que abarca el ámbito local y la comarca natural de Ronda. En esta entrada nos centraremos en los dos documentos más antiguos de esta serie. El primero relacionado con Ronda y el segundo con su antiguo término o jurisdicción.

El primer documento no es un padrón, pero nos habla de su existencia en Ronda a mitad del siglo XVI. La información que aporta es relativa a la densidad de población, ya que, proviene de los libros de repartimiento de las alcabalas, documento de origen fiscal. El documento es un testimonio o certificación de Cristóbal Serrato, escribano público de esta ciudad de Ronda, sobre el número de vecinos que tenía los años de 1547 y 1564. Expedido a solicitud de Juan de Escobedo Santander, vecino y regidor de dicha ciudad, en nombre de ella. En los extractos de los libros del registro de alcabalas, recogidos por el escribano, en el año de 1547 en la ciudad de Ronda y sus arrabales había 1.859 vecinos, contabilizando viudas, gente pobre y sin clérigos. En el año de 1564 la población había aumentado a 2.294, con los mismo criterios citados.

Testimonio de Cristóbal Serrato, escribano público del número de Ronda, sobre el número de vecinos que tenía Ronda en los años de 1547 y 1564, dada el 17 de marzo de 1564

El siguiente documento si es un padrón de población, el más antiguo de la serie documental. Corresponde a un traslado, hecho por Fernando de Sierralta, escribano público del concejo de hacienda, en Madrid a 3 días del mes de marzo de 1566. Copiado de las averiguaciones y cuentas de los vecinos de todos los lugares de la Ciudad de Ronda, en virtud de una provisión dada en Valladolid a 7 de noviembre de 1558. El juez nombrado por la corona para tal fin fue Jerónimo de Arguello. La misión del comisionado era averiguar el número de vecinos de la ciudad de Ronda y su jurisdicción,

“ […]sobre la merced que les hicimos de no eximir de la jurisdicción de la dicha ciudad [Ronda] a ninguno de los lugares que al presente son de su tierra y jurisdicción, ni venderlos, ni enajenarlos de nuestra corona y patrimonio real, por ciertas cuantías de maravedís con que por ello nos han de servir y que para saber y averiguar los vecinos que hay [..]”.

“ […]entreguen el padrón cierto y verdadero de los vecinos que al presente hay en los dichos lugares, nombrando a cada uno por su nombre, indicando clérigo, lego, hidalgo, pechero, rico o pobre, viudas o menores e huérfanos, so pena que si alguno dejaren de poner, en los dicho padrones, paguen en pena por cada uno de ellos cincuenta mil maravedís y tomando cada uno de los dichos padrones nos informaréis si es cierto y verdadero o si hay en ellos alguna falta y contareis los vecinos, viudas y menores y huérfanos e clérigos e hidalgos de cada uno de los dichos lugares, ricos pobres, calle, hita, sin dejar a ninguno por contar y poner en los dichos padrones y cuenta que hicieres se declaren los nombres de los dichos vecinos y si hubiere viudas o mujeres solteras se declaren así mismo los nombres de ellas y de los hijos o hijas que cada uno tuviere y si son todos de un matrimonio o están debajo de su tutela y administración y si tienen otros curadores, otro si, declaren los nombres de todos los menores huérfanos de padre y madre que hay en cada uno de los dicho lugares y los huérfanos de padres que con las madres fueren casadas y de las personas que son sus tutores y curadores y de los menores que fueren habidos de más de un matrimonio, las cuales dichas averiguaciones e informaciones que hicieredes firmadas de vuestro nombre y signadas de Francisco de la Fuente nuestro escribano ante quien mandamos que pasen y se hagan originalmente cerradas y selladas […]”.

Encabezamiento del expediente y copia de la provisión de 1558, insertos en el testimonio de las averiguaciones y cuentas de los vecinos de todos los lugares de la ciudad de Ronda, Madrid a 3 de marzo de 1566. Fondo de Archivos Privados, Colc. Aguilera Sig.Leg.784-C14

En el texto refleja específicamente los datos que deben contener los padrones. Lo que nos da una idea de la información genealógica y familiar que se puede extraer de dichas tipologías documentales. Aunque la finalidad es fiscal, el documento presenta datos de todos los vecinos, no tan detallados como manda la provisión, pero con especial interés en las situaciones de viudedad, clérigos y menores tutelados o no.

El juez llegó a Ronda el primer día de diciembre de 1558,  con las instrucciones y el salario de 25 días para desarrollar dichas averiguaciones, que hubieron de prorrogarse un mes más. Requirió la presencia de Juan de Liebana, alcalde mayor, Tomás de Gadea, Gregorio Padilla, Francisco de Toro y Antonio Ramírez e Diego Lobatón, todos regidores, solicitando que el escribano le diese testimonio de los lugares de la jurisdicción de Ronda. Uno de los aspectos interesantes del documento, ya que, no se circunscribe al ámbito local, sino a todos los pueblos de su jurisdicción. El documento original debería de incluir el padrón de la ciudad de Ronda, la copia conservada en el archivo histórico de la Real Maestranza, se dedica exclusivamente a los pueblos de la jurisdicción de Ronda. García Benítez de Jerez, escribano mayor del ayuntamiento, dio relación de la misma, conformada por : Setenil, Arriate, Las Cuevas del Becerro, El Burgo, Cortes (Cortes de la Frontera), Ximera (Jimera de Libar), Ataxate, (Atajate), Abdazar, Pamdyre (Alpandeire), Faraxam (Faraján), Ihincar ,Moclon (Moclón), Pujerra, Bentomy, Igualexa (Igualeja), Parabta (Parauta), Cartagima, Benaxeriz (Benajeríz), Juscar e al machar (Júzcar) y Balastar.

Listado de las poblaciones que pertenecen a la jurisdicción de Ronda según certificación del escribano mayor del ayuntamiento, inserto en el expediente de las averiguaciones que hizo Jerónimo de Arguello en 1558, Fondo de Archivos Privados, Colc. Aguilera Sig.Leg.784-C14

El expdediente se estructura de la siguiente manera: encaezamiento donde el escribano de Madrid reseña la procedencia de la información que va a certificar. Copia de la provisión de S.A. Juana de Austria, hija de Carlos V, que en este momento ejercía la regencia de España, donde se comunica al consejo de Ronda, la realización de las averiguaciones y cómo han de llevarse a cabo. Este documento que fue dado por Juan Vázquez de Molina, su secretario y refrendado por el consejo de hacienda en 1558. Le siguen los diferentes trámites administrativos, que el comisionado realiza en Ronda: certificación de jurisdicción y prórroga de su actividad y a continuación, se disponen las averiguaciones en cada unos de los pueblos.

El método seguido era que el juez daba el mandamiento, en base a la provisión real y bajo las penas indicadas, para la presentación del padrón de vecinos y moradores del lugar, a los alcaldes o regidores. Éstos presentaban el documento al que posteriormente se añadía el listado de las averiguaciones que el juez llevaba en el sitio, de tal forma que empezó por los núcleos más poblados. En la primera población a la que llegó, fue Setenil, el 2 de diciembre de 1558, el padrón no existía por lo que debieron de realizarlo. Esteban de Zárate, vecino y personero de dicha villa, tuvo bastante trabajo esos días, ya que, el 9 de dicho mes, Juan de Orozco, Pedro López, Bartolomé Sánchez y Francisco García presentaban el padrón de los vecinos de la villa, de acuerdo con la provisión. En la siguiente población, Arriate, se dio el mismo caso. Las circunstancias fueron diversas, en Cuevas del Becerro, el día 15 de diciembre se presentaron ante el juez, Pedro Castillo y Bartolomé Martín, vecinos del lugar y, tras tomarles juramento de que no existían ni alcaldes, regidores, ni justicia, ni clérigo en dicho sitio por ser siete vecinos en un cortijo, les mando hacer el padrón. Con el resultado de 9 vecinos, de ellos tres eran viudas y dos vecinos estantes. Así la relación de los padrones sigue con: El Burgo, Cortés de la Frontera, Jimera, Atajate, Abdazar, Alpandeire, Faraján, Ihincar, Moclón, Pujerra, Bentomy, Igualeja, Parauta, Cartajima, Benajeríz y Balastar.

La estructura de los padrones es la siguiente, dividiendo la página en tres columnas: una central más ancha para la información de vecinos y dos estrechas en cada margen. La columna del margen izquierdo se usa para anotaciones sobre la condición social de las personas anotándose si son: viudas, menores, menores tutelados y clérigos. La columna del margen derecho se dedica a contabilizar el vecino o cabeza de familia. En la parte central se desarrolla toda la información, con los datos que pueden ser de interés genealógico: apellidos, matrimonios y segundos casamientos, hijos, viudedad, tutorías de menores y propiedades, moradores en cada casa…etc.

Estructura que presentan los padrones de población incluidos en el expediente de las averiguaciones que hizo Jerónimo de Arguello en 1558, Fondo de Archivos Privados, Colc. Aguilera Sig.Leg.784-C14

Lo que hace a este expediente una fuente de información e investigación histórica y genealógica muy interesante para conocer la evolución de la población en las tierras de Ronda y parte de sus aspectos genealógicos.

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